Ofrecer buenas prestaciones es algo que siempre tendrá un impacto positivo en el personal, pero cuando además las prestaciones ofrecidas generan beneficios para la empresa, hablamos de un ganar-ganar, esta es la situación con los vales de despensa: ISR que se puede deducir, y trabajadores contentos.
De acuerdo con el artículo 27 de la Ley del Impuesto sobre la Renta para obtener los beneficios de deducibilidad debes cumplir con requisitos que estipula la ley.
Este requisito debe beneficiar a los trabajadores, siendo parte de los ingresos exentos de gravamen y que cuentan como prestaciones superiores a la ley. (aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y seguro social).
Un requisito más del artículo 27, que aplica específicamente a los vales de despensa, es que estos se deben de dar mediante monederos electrónicos, previamente autorizados por el SAT.
Para conocer la cantidad que se puede dar en vales de despensa, debes considerar 2 criterios:
1. Impuesto Sobre la Renta (ISR): en este esquema, puedes otorgar hasta $2,925.09 pesos mexicanos mensuales en vales de despensa, pero la cantidad total no debe exceder el equivalente a siete UMAs anuales para que puedan ser deducibles.
2. Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS): los vales de despensa por IMSS están sujetos a requisitos y regulaciones específicas, en términos de monto máximo, asignación, registro y beneficios para los empleados. Se alcanza hasta el 40% del salario mínimo diario.
Es importante tener presente cuál es el límite monetario que se puede dar en vales y así cumplir con la normativa de forma correcta, y teniendo presente el límite considerado por el ISR e IMSS (40% salario mínimo).
El salario mínimo diario en México es de 248.93 para 2024, entonces tenemos a continuación las cifras correspondientes: si se otorgan los vales de acuerdo con el límite del IMSS, esta prestación puede ser mensualmente de hasta $1,320.21, para que se aplique la deducibilidad; mientras que, si se aplica el límite ISR, entonces el monto mensual puede ser de hasta $3,300.53.
Cada empresa tiene la libertad de elegir el sistema en el que basará la entrega de estos ingresos exentos de impuestos.
Algo a puntualizar es que estos topes sí pueden excederse, pero la cantidad que sobrepase el límite ya sea de IMSS o ISR, entra en un criterio distinto, que es el Salario Base de Cotización, esto es lo que un trabajador gana en promedio en un día de trabajo, tomando en cuenta todas sus prestaciones.
Al monto excedente, al quedar bajo el régimen de SBC, si se le aplican impuestos, en el caso del empleado, las retenciones aplican en IMSS e ISR, mientras que para la empresa significan retenciones que deberán considerarse como parte de las obligaciones.
Cada vez es más popular la elección de brindar esta prestación, y es que aparte de ser muy valorada por los empleados, es para todo tipo de empresas, grandes, medianas, pequeñas o micro. Además de la atractiva deducibilidad que obtienes, existen muchos más beneficios para cada empresa:
Puedes complementar con deducir gastos de combustible, también con vales de gasolina ya que te permitirán llevar un control del consumo de combustible y aumentar aún más lo rentable de tu organización.