La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que las empresas pueden solicitar un código de vestimenta siempre que este sea razonable, no discriminatorio y esté relacionado con la actividad laboral. La LFT permite a los empleadores definir normas de presentación, higiene y seguridad, pero prohíbe reglas que vulneren derechos, afecten la dignidad del trabajador o impliquen costos obligatorios que deban cubrirse con el propio salario del empleado.
En esta guía te explicamos qué permite y qué prohíbe la LFT, cómo debe aplicarse un código de vestimenta, cuándo la empresa debe proporcionar uniformes y cómo herramientas como las tarjetas de vestimenta de UP Sí Vale ayudan a cumplir estas obligaciones legales sin afectar la nómina.
Sí.
La Ley Federal del Trabajo permite que las empresas establezcan códigos de vestimenta siempre que:
Sean razonables
Estén relacionados con las funciones del puesto
No impliquen discriminación
No violen la dignidad o derechos laborales
Esto se basa en:
Art. 132 LFT: obligaciones del patrón
Art. 134 LFT: obligaciones del trabajador
NOM de seguridad e higiene
La presentación personal sí forma parte del “buen desempeño laboral”, pero no se puede exigir de forma arbitraria.
La LFT establece que si la empresa exige uniforme obligatorio, entonces:
✔ Debe proporcionarlo
✔ Debe reemplazarlo cuando se desgaste
✔ No puede descontarlo del salario
✔ No puede obligar a adquirirlo en un lugar específico
La obligación aplica cuando:
Es necesario por imagen corporativa
Protege al trabajador (cascos, botas, lentes, etc.)
Se requiere por higiene (restaurantes, hospitales, alimentos)
Si la empresa exige uniforme sin proporcionarlo, incurre en violación laboral.
Según la LFT y criterios de la STPS, la empresa puede solicitar:
Ejemplos: business casual, corporativo, ropa formal, etc.
El Art. 134 establece la obligación de cumplir normas de higiene.
(Lentes, botas, guantes, casco)
Ejemplo: joyería en líneas de producción, sandalias en almacenes.
Siempre que la regla sea razonable y no discriminatoria.
La empresa NO puede:
Ejemplos:
“Las mujeres deben usar falda”
“Los hombres no pueden tener el cabello largo”
Códigos que afecten la dignidad del trabajador.
Especialmente si solo lo vende un proveedor específico.
Ejemplo: trajes formales, zapatos de cierto precio, ropa con logotipo.
Depende:
✔ Si es uniforme obligatorio → la empresa debe pagarlo.
✔ Si es código de vestimenta general (no uniforme) → el trabajador puede usar su propia ropa.
Ejemplos:
Ropa formal → trabajador
Uniforme con logotipo → empresa
Botas de seguridad → empresa
Bata, red, cubrebocas → empresa
Si la empresa exige algo específico, se vuelve uniforme obligatorio, y debe cubrirlo.
Para evitar incumplimientos legales, muchas empresas usan tarjetas de vestimenta, una prestación que permite:
Ejemplo: pantalones, camisas, zapatos formales o ropa específica del rol.
No integra salario ni genera cargas fiscales si se maneja bajo previsión social.
Evita procesos largos y comprobación manual.
La empresa cubre lo que exige la ley sin afectar finanzas internas.
UP Sí Vale ofrece estas soluciones a través de tarjetas aceptadas en tiendas como:
Tiendas departamentales
Zapaterías
Ropa de trabajo
Comercios de vestimenta autorizados
No, la empresa decide; pero si lo exige, debe proporcionarlo.
No. La LFT prohíbe descuentos por uniforme obligatorio.
Sí, siempre que no sea discriminatorio ni excesivo.
No. Es discriminatorio según la STPS y fallos laborales.
Puede haber sanciones laborales, siempre que la regla esté en contrato o reglamento interno.